Términos y Condiciones

Última actualización: 15 de enero de 2025

Contrato legal que regula el uso de los servicios de inversión inmobiliaria fraccionada de MiM2 y establece derechos y obligaciones de todas las partes.

Tabla de Contenidos

1. Definiciones y Términos Clave

Para los efectos del presente contrato, los siguientes términos tendrán el significado que se indica:

"MiM2", "la Plataforma" o "la Sociedad": MiM2 S.A. de C.V., sociedad anónima de capital variable constituida bajo las leyes de la República de El Salvador, inscrita en el Registro de Comercio bajo el número [NÚMERO], con domicilio en San Salvador, El Salvador.
"Usuario", "Inversionista" o "Beneficiario": Persona natural o jurídica, mayor de edad, con capacidad legal plena para contratar, que ha completado el proceso de registro y verificación KYC, y utiliza los servicios de inversión inmobiliaria fraccionada de MiM2.
"Fideicomiso": Negocio jurídico regulado por la Ley de Bancos de El Salvador, mediante el cual MiM2 o una institución fiduciaria autorizada recibe bienes inmuebles (fideicometidos) para administrarlos en beneficio de los inversionistas (beneficiarios), conforme a las instrucciones contenidas en el contrato de fideicomiso respectivo.
"Participación" o "Cuota de Beneficio": Derecho patrimonial que representa el porcentaje de beneficios del fideicomiso que corresponde a cada inversionista en proporción directa a su aporte de capital, calculado sobre el valor total del fideicomiso.
"KYC" (Know Your Customer): Procedimiento de "Conozca a su Cliente" establecido por la Superintendencia del Sistema Financiero de El Salvador y las mejores prácticas internacionales, que incluye verificación de identidad, evaluación de perfil de riesgo, origen de fondos, y cumplimiento de normativas anti-lavado de dinero.
"N1CO": Plataforma de servicios financieros y pagos digitales regulada por la SSF de El Salvador, que actúa como procesador de pagos autorizado para las transacciones de inversión.
"SSF": Superintendencia del Sistema Financiero de la República de El Salvador, autoridad regulatoria competente.

2. Partes del Contrato

El presente contrato se celebra entre:

EL PRESTADOR DEL SERVICIO:

MiM2 S.A. de C.V.

Sociedad constituida bajo las leyes de El Salvador

NIT: [NÚMERO DE NIT]

Registro de Comercio: [NÚMERO]

Domicilio: San Salvador, El Salvador

Email: [email protected]

EL USUARIO/INVERSIONISTA:

La persona que acepta estos términos mediante el registro en la plataforma y la marcación de la casilla de aceptación correspondiente.

3. Aceptación y Modificación de Términos

Aceptación del Contrato

Al acceder, registrarse o utilizar cualquier servicio de la plataforma MiM2, el Usuario acepta expresa e irrevocablemente todos los términos y condiciones contenidos en este documento, así como las políticas complementarias (Política de Privacidad, Política de Cookies, Aviso de Riesgos).

La aceptación se manifiesta mediante: (i) la marcación de la casilla "Acepto los Términos y Condiciones"; (ii) el registro de cuenta; (iii) el uso continuado de los servicios; o (iv) la realización de cualquier inversión a través de la plataforma.

Modificaciones

MiM2 se reserva el derecho de modificar estos términos en cualquier momento, previa notificación a los usuarios registrados con treinta (30) días calendario de anticipación a través de:

  • • Correo electrónico a la dirección registrada en la cuenta
  • • Notificación prominente en la plataforma web
  • • Mensaje dentro del dashboard del usuario

El uso continuado de los servicios después del período de notificación constituye aceptación tácita de las modificaciones.

4. Descripción Completa del Servicio

MiM2 opera como una plataforma tecnológica de intermediación financiera especializada en inversiones inmobiliarias fraccionadas, facilitando el acceso de inversionistas individuales a oportunidades inmobiliarias tradicionalmente reservadas para grandes capitales.

Servicios Principales

  • • Identificación y Due Diligence: Evaluación técnica, legal y financiera de oportunidades inmobiliarias en el mercado salvadoreño
  • • Estructuración Legal: Constitución de fideicomisos inmobiliarios conforme a la legislación salvadoreña
  • • Intermediación de Inversiones: Facilitar la participación de múltiples inversionistas en un mismo inmueble
  • • Administración Fiduciaria: Gestión de los fideicomisos en beneficio de los inversionistas
  • • Gestión de Propiedades: Administración operativa de inmuebles (directa o a través de terceros especializados)
  • • Distribución de Rendimientos: Cálculo y distribución proporcional de rentas y ganancias
  • • Reporting y Transparencia: Reportes periódicos sobre desempeño de inversiones
  • • Liquidación de Inversiones: Facilitación de salida mediante venta de inmuebles

Parámetros de Inversión

  • Inversión mínima: USD $500.00 (quinientos dólares estadounidenses)
  • Límite por inversionista: Máximo 20% de participación por inmueble
  • Moneda: Dólares estadounidenses (USD)
  • Jurisdicción: República de El Salvador
  • Regulación aplicable: Superintendencia del Sistema Financiero

5. Estructura Legal de Fideicomisos

Constitución del Fideicomiso

Cada propiedad inmobiliaria se estructura mediante un fideicomiso inmobiliario constituido conforme a los artículos 38 y siguientes de la Ley de Bancos de El Salvador, donde:

  • • Fideicomitente: MiM2 S.A. de C.V. o la entidad propietaria inicial del inmueble
  • • Fiduciario: MiM2 S.A. de C.V. o institución financiera autorizada por la SSF
  • • Beneficiarios: Los inversionistas en proporción a su participación
  • • Fideicomiso: El patrimonio autónomo compuesto por el inmueble y sus frutos

Derechos de los Beneficiarios

  • • Derecho a recibir los frutos y rendimientos del fideicomiso en proporción a su participación
  • • Derecho a participar en el producto de la enajenación del inmueble al término del fideicomiso
  • • Derecho a recibir información periódica sobre el estado del fideicomiso
  • • Derecho a participar en decisiones materiales según lo establecido en el contrato respectivo

Importante: Los beneficiarios NO adquieren la propiedad directa del inmueble. Sus derechos se limitan a los beneficios económicos del fideicomiso según su participación proporcional.

6. Registro de Usuario y Proceso KYC

Requisitos de Registro

Para acceder a los servicios de inversión, el Usuario debe:

  • • Ser persona natural mayor de 18 años o persona jurídica legalmente constituida
  • • Tener capacidad legal plena para contratar y obligarse
  • • Residir en El Salvador o jurisdicción donde los servicios estén disponibles
  • • Completar exitosamente el proceso de verificación KYC
  • • Proporcionar información veraz, exacta y actualizada

Proceso KYC Obligatorio

Conforme a las regulaciones de la SSF, el proceso incluye:

Verificación de Identidad

  • • Documento Único de Identidad (DUI) o pasaporte vigente
  • • Selfie o video para verificación biométrica
  • • Comprobante de domicilio (máximo 3 meses de antigüedad)

Evaluación Financiera

  • • Declaración de ingresos y patrimonio
  • • Comprobantes de ingresos (últimos 3 meses)
  • • Cuestionario de experiencia en inversiones
  • • Evaluación de perfil de riesgo

Origen de Fondos

  • • Declaración jurada sobre origen lícito de fondos
  • • Documentación soporte cuando sea requerida
  • • Verificación en listas internacionales de sanciones

Responsabilidades del Usuario

  • • Mantener actualizada la información proporcionada
  • • Notificar cambios materiales en su situación financiera
  • • Conservar la confidencialidad de sus credenciales de acceso
  • • Notificar inmediatamente cualquier uso no autorizado de su cuenta
  • • Colaborar con verificaciones adicionales cuando sean requeridas

7. Proceso de Inversiones y Confirmación

Procedimiento de Inversión

1. Selección de Oportunidad

El Usuario revisa las oportunidades disponibles, incluyendo documentación de soporte, proyecciones financieras, y evaluación de riesgos.

2. Manifestación de Interés

El Usuario indica el monto a invertir, acepta los términos específicos del fideicomiso y confirma comprensión de riesgos.

3. Procesamiento de Pago

Los fondos se transfieren mediante N1CO o transferencia bancaria verificada. Los pagos quedan en estado "pendiente" hasta confirmación.

4. Confirmación y Registro

Una vez verificado el pago, se confirma la participación y se registra formalmente en el fideicomiso respectivo.

Condiciones de Confirmación

  • • La inversión se considera firme únicamente después de la confirmación de pago
  • • MiM2 se reserva el derecho de rechazar inversiones que no cumplan criterios establecidos
  • • Los fondos pueden ser devueltos si no se alcanza el mínimo requerido para el proyecto
  • • No hay garantía de aceptación de la manifestación de interés

Importante: Las inversiones son definitivas una vez confirmadas. El Usuario no puede cancelar, modificar, o solicitar reembolso de inversiones confirmadas, salvo por causas establecidas en la ley o estos términos.

8. Estructura de Comisiones y Pagos

Estructura de Comisiones

ConceptoTarifaMomento de Cobro
Comisión de Entrada2% - 3% del monto invertidoAl momento de confirmar inversión
Comisión de Administración1% - 2% anual sobre valor inversiónTrimestral, deducida de rendimientos
Comisión de Éxito15% - 20% de ganancias de capitalAl momento de venta del inmueble
Gastos OperativosSegún costos reales incurridosDeducidos de ingresos operativos

Gastos Adicionales (A Costo)

  • • Impuestos fiscales y municipales sobre la propiedad
  • • Seguros de inmuebles y responsabilidad civil
  • • Gastos de mantenimiento preventivo y correctivo
  • • Honorarios de administradores de propiedades externos
  • • Gastos legales y notariales relacionados con el fideicomiso
  • • Comisiones bancarias y de procesamiento de pagos

Transparencia de Costos

  • • Todas las comisiones se informan claramente antes de cada inversión
  • • Los gastos operativos se reportan trimestralmente con documentación soporte
  • • El Usuario tiene derecho a solicitar auditoría de gastos
  • • MiM2 no cobrará comisiones no divulgadas previamente

9. Derechos y Obligaciones de las Partes

Derechos de MiM2

  • • Cobrar las comisiones y gastos establecidos en estos términos
  • • Rechazar inversiones que no cumplan con criterios establecidos
  • • Suspender o terminar cuentas por incumplimiento de términos
  • • Modificar términos previa notificación según establecido
  • • Delegar funciones operativas en terceros especializados
  • • Acceder a información del Usuario necesaria para cumplir obligaciones legales

Obligaciones de MiM2

  • • Administrar diligentemente los fideicomisos conforme a su objeto
  • • Mantener segregados los patrimônios de cada fideicomiso
  • • Proporcionar información veraz sobre oportunidades de inversión
  • • Distribuir rendimientos conforme a las participaciones
  • • Mantener registros contables precisos y actualizados
  • • Proveer reportes periódicos sobre desempeño de inversiones
  • • Cumplir con todas las regulaciones aplicables
  • • Mantener la confidencialidad de información del Usuario

Derechos del Usuario

  • • Recibir rendimientos proporcionales a su participación
  • • Acceder a información sobre el desempeño de sus inversiones
  • • Participar en decisiones materiales según contrato de fideicomiso
  • • Recibir su participación proporcional en la liquidación
  • • Solicitar información adicional sobre gastos y administración
  • • Terminar la relación contractual conforme a estos términos

Obligaciones del Usuario

  • • Proporcionar información veraz, exacta y actualizada
  • • Completar y mantener actualizado el proceso KYC
  • • Cumplir con todas las obligaciones fiscales derivadas de inversiones
  • • Mantener la confidencialidad de información sensible
  • • Pagar puntualmente las comisiones y gastos aplicables
  • • Utilizar la plataforma conforme a estos términos
  • • Notificar cambios materiales en su situación financiera

10. Administración de Propiedades

Responsabilidades de Administración

MiM2, como fiduciario o a través de administradores especializados, se encarga de:

  • • Mantenimiento preventivo y correctivo de inmuebles
  • • Selección y gestión de inquilinos (cuando aplique)
  • • Cobro de rentas y gestión de mora
  • • Pago de impuestos, seguros y servicios
  • • Supervisión del cumplimiento de contratos de arrendamiento
  • • Inspecciones periódicas del estado de inmuebles
  • • Gestión de mejoras y actualizaciones necesarias

Estándares de Administración

  • • Administración conforme a las mejores prácticas del mercado
  • • Maximización de ingresos operativos dentro de parámetros de riesgo aceptables
  • • Conservación y mejoramiento del valor de los inmuebles
  • • Transparencia en la gestión de gastos operativos

Decisiones Materiales

Las siguientes decisiones requieren aprobación de mayoría de beneficiarios:

  • • Inversiones de capital superiores al 5% del valor del inmueble
  • • Cambios en la estrategia de arrendamiento o uso del inmueble
  • • Venta anticipada del inmueble
  • • Modificaciones materiales al contrato de fideicomiso
  • • Cambio de administrador externo del inmueble

11. Distribución de Rendimientos

Cálculo de Rendimientos

Los rendimientos se calculan conforme a la siguiente fórmula:

Rendimiento por Beneficiario =
(Ingresos Netos del Fideicomiso × Participación %) - Gastos Proporcionales - Comisiones

Donde:

  • Ingresos Netos: Rentas cobradas menos gastos operativos
  • Participación %: Porcentaje de beneficios según aporte de capital
  • Gastos Proporcionales: Gastos del fideicomiso distribuidos según participación
  • Comisiones: Comisión de administración según tarifa establecida

Cronograma de Distribución

  • Rendimientos operativos: Distribución trimestral (dentro de los 30 días siguientes al cierre de cada trimestre)
  • Ganancias de capital: Distribución después de venta del inmueble (dentro de 60 días)
  • Método de pago: Transferencia electrónica a cuenta registrada o crédito en wallet MiM2

Condiciones Especiales

  • • Los rendimientos solo se distribuyen si existen ingresos netos positivos
  • • Puede establecerse reserva de capital de trabajo (máximo 10% de ingresos anuales)
  • • Distribuciones están sujetas a retenciones fiscales según legislación aplicable
  • • MiM2 proporcionará certificación fiscal para efectos de declaración de impuestos

12. Procedimientos de Liquidación y Salida

Venta de Inmuebles

La venta de inmuebles se puede realizar por:

  • Venta programada: Al vencimiento del plazo establecido en el fideicomiso
  • Venta anticipada: Por decisión de mayoría de beneficiarios (más del 50% de participaciones)
  • Venta forzosa: Por caso fortuito, fuerza mayor, o requerimiento legal

Proceso de Liquidación

1. Evaluación y Marketing

Avalúo por perito independiente certificado y proceso de marketing para maximizar valor de venta.

2. Venta del Inmueble

Negociación y cierre de venta conforme a mejores prácticas del mercado inmobiliario.

3. Liquidación de Gastos

Pago de gastos pendientes, impuestos, comisiones de venta, y honorarios profesionales.

4. Distribución Final

Cálculo y distribución del producto neto de la venta entre beneficiarios según participaciones.

Transferencia de Participaciones

Las participaciones en fideicomiso pueden transferirse sujeto a:

  • • Autorización previa de MiM2 (no puede negarse sin causa justificada)
  • • Cumplimiento de proceso KYC por parte del cesionario
  • • Pago de comisión de transferencia (1% - 2% del valor de la participación)
  • • Formalización mediante escritura pública cuando sea requerida

Importante: No existe mercado secundario líquido para las participaciones. La liquidez depende de encontrar compradores interesados o de la venta eventual del inmueble.

13. Limitación de Responsabilidad

Alcance de Responsabilidad de MiM2

MiM2 actúa como administrador fiduciario e intermediario especializado. Su responsabilidad se limita estrictamente a:

  • • Administrar diligentemente los fideicomisos conforme a estándares profesionales
  • • Mantener la separación patrimonial entre fideicomisos
  • • Proporcionar información veraz disponible en el momento de su divulgación
  • • Cumplir con las obligaciones específicamente establecidas en estos términos
  • • Actuar conforme a las regulaciones aplicables

Exclusiones de Responsabilidad

MiM2 NO será responsable por:

  • Pérdidas de mercado: Depreciación de inmuebles por condiciones económicas generales
  • Caso fortuito o fuerza mayor: Desastres naturales, guerra, pandemia, cambios regulatorios
  • Actos de terceros: Incumplimientos de inquilinos, administradores externos, o contrapartes
  • Decisiones de inversión: Pérdidas derivadas de la decisión del Usuario de invertir
  • Factores externos: Cambios en tasas de interés, inflación, políticas gubernamentales
  • Información de terceros: Datos proporcionados por tasadores, auditores, o asesores externos
  • Problemas técnicos: Fallas temporales de la plataforma fuera del control de MiM2

Límites Cuantitativos

En cualquier caso, la responsabilidad total de MiM2 estará limitada a:

  • • El menor entre: (a) USD $50,000 por inversionista, o (b) el monto total invertido por el Usuario
  • • Exclusión de daños indirectos, lucro cesante, o daños punitivos
  • • Prescripción de acciones a los 3 años desde el conocimiento del hecho generador

Aviso Fundamental: Las inversiones inmobiliarias conllevan riesgo inherente de pérdida. El Usuario invierte bajo su propio riesgo y debe evaluar cuidadosamente su capacidad financiera antes de invertir.

14. Fuerza Mayor y Eventos Extraordinarios

Definición de Fuerza Mayor

Se considera fuerza mayor cualquier evento imprevisto, irresistible e inevitable que impida el cumplimiento de obligaciones, incluyendo:

  • Desastres naturales: Terremotos, huracanes, inundaciones, erupciones volcánicas
  • Eventos políticos: Guerra, revolución, golpes de estado, terrorism
  • Emergencias sanitarias: Pandemias, epidemias declaradas por autoridades
  • Regulaciones gubernamentales: Prohibiciones, confiscaciones, cambios regulatorios drásticos
  • Fallas sistémicas: Colapso del sistema financiero, interrupción prolongada de servicios públicos

Efectos de la Fuerza Mayor

Durante eventos de fuerza mayor:

  • • Las obligaciones de las partes se suspenden temporalmente
  • • No se configurará incumplimiento contractual por causas de fuerza mayor
  • • Se implementarán medidas de mitigación razonables
  • • Los plazos contractuales se extenderán por el período del evento

Procedimiento de Notificación

  • • Notificación inmediata a usuarios dentro de 72 horas del evento
  • • Descripción del evento y su impacto en las operaciones
  • • Estimación de duración y medidas de mitigación
  • • Actualizaciones periódicas sobre la situación

15. Suspensión y Terminación

Causales de Suspensión

MiM2 puede suspender temporalmente una cuenta por:

  • • Incumplimiento temporal de obligaciones KYC
  • • Actividad sospechosa que requiera investigación
  • • Requerimientos de autoridades regulatorias
  • • Falta de pago de comisiones por más de 30 días
  • • Problemas técnicos que requieran verificación adicional

Causales de Terminación

MiM2 puede terminar definitivamente la relación por:

  • • Proporcionar información falsa, incorrecta, o engañosa
  • • Actividades fraudulentas o intentos de manipulación
  • • Incumplimiento material de estos términos
  • • Violaciones repetidas después de advertencias
  • • Requerimientos legales o regulatorios
  • • Solicitud voluntaria del Usuario

Efectos de la Terminación

  • • Las inversiones existentes se mantienen según contratos de fideicomiso vigentes
  • • El Usuario conserva derechos sobre inversiones confirmadas
  • • Se suspende acceso a nuevas oportunidades de inversión
  • • Los rendimientos se distribuyen conforme a cronograma establecido
  • • La liquidación final ocurre con la venta de inmuebles respectivos

Procedimiento de Terminación

  • • Notificación por escrito con 15 días de anticipación (salvo fraude)
  • • Especificación de causales y oportunidad de subsanar cuando aplique
  • • Proceso de cierre ordenado de la relación comercial
  • • Entrega de documentación final sobre inversiones del Usuario

16. Resolución de Disputas

Proceso Escalonado de Resolución

1. Resolución Directa (30 días)

Las partes intentarán resolver la disputa mediante negociación directa de buena fe. Contacto inicial: [email protected]

2. Mediación (60 días adicionales)

Si no hay acuerdo, mediación ante Centro de Mediación de la Cámara de Comercio e Industria de El Salvador.

3. Arbitraje (procedimiento definitivo)

Arbitraje de derecho ante Centro de Conciliación y Arbitraje de El Salvador, conforme a su Reglamento vigente.

Reglas del Arbitraje

  • Árbitro único: Para disputas hasta USD $25,000
  • Tribunal de tres árbitros: Para disputas superiores a USD $25,000
  • Sede: San Salvador, El Salvador
  • Idioma: Español
  • Derecho aplicable: Legislación sustantiva de El Salvador
  • Costos: Cada parte asume sus costos, árbitros según arancel del Centro

Limitaciones Procedimentales

  • • Las acciones prescriben a los 3 años desde el conocimiento del hecho
  • • No se admiten acciones de clase o representación colectiva
  • • Las disputas se resolverán individualmente
  • • Los laudos arbitrales son definitivos y ejecutables

Importante: Al aceptar estos términos, el Usuario renuncia expresamente a presentar demandas ante tribunales ordinarios, salvo para la ejecución de laudos arbitrales.

17. Ley Aplicable y Jurisdicción

Legislación Aplicable

Este contrato se rige íntegramente por las leyes de la República de El Salvador, específicamente:

  • Código Civil: Para aspectos contractuales generales
  • Código de Comercio: Para operaciones mercantiles
  • Ley de Bancos: Para fideicomisos y aspectos fiduciarios
  • Ley Contra el Lavado de Dinero: Para obligaciones de prevención
  • Normativas de la SSF: Para regulaciones financieras específicas
  • Código Tributario: Para aspectos fiscales

Supervisión Regulatoria

Las operaciones están sujetas a la supervisión de:

  • Superintendencia del Sistema Financiero (SSF): Regulación prudencial y cumplimiento
  • Unidad de Investigación Financiera (UIF): Prevención de lavado de dinero
  • Dirección General de Impuestos Internos (DGII): Obligaciones fiscales

Efectos Jurisdiccionales

  • • Los contratos de fideicomiso se ejecutan en territorio salvadoreño
  • • Los inmuebles objeto de inversión se ubican en El Salvador
  • • Las obligaciones fiscales se rigen por la legislación salvadoreña
  • • La moneda de curso legal es el dólar estadounidense

18. Disposiciones Generales

Integridad del Contrato

Estos términos, junto con las políticas complementarias (Privacidad, Cookies, Riesgos), constituyen el acuerdo completo entre las partes y reemplazan cualquier acuerdo previo sobre la materia.

Divisibilidad

Si cualquier disposición de estos términos es declarada inválida o inaplicable, las demás disposiciones permanecerán en pleno vigor y efecto.

Cesión de Derechos

  • • MiM2 puede ceder sus derechos y obligaciones previa notificación de 60 días
  • • El Usuario no puede ceder sus derechos sin autorización escrita de MiM2
  • • Las participaciones en fideicomisos se rigen por reglas específicas establecidas

Notificaciones

Todas las notificaciones deben realizarse por escrito a:

Para MiM2:

Email: [email protected]

Dirección: San Salvador, El Salvador

Para el Usuario:

Email registrado en la cuenta

Domicilio reportado en KYC

Idioma

La versión en español de estos términos es la oficial. Cualquier traducción se proporciona únicamente para conveniencia y no tiene valor legal.

Vigencia

Estos términos entran en vigor el 15 de enero de 2025 y permanecen vigentes hasta su modificación conforme al procedimiento establecido.

Información de Contacto

Para consultas relacionadas con estos términos y condiciones:

MiM2 S.A. de C.V.

Departamento Legal

Email: [email protected]

Teléfono: +503 2XXX-XXXX

Dirección: San Salvador, El Salvador

Horario: Lunes a viernes, 8:00 AM - 5:00 PM (CST)

Para reportes regulatorios:
Superintendencia del Sistema Financiero de El Salvador
Sitio web: ssf.gob.sv